Solicitudes de Información Pública
A través de este apartado se cumple con lo establecido en el artículo 154 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero que dice:
Artículo 154. Las solicitudes de acceso a la información y las respuestas que se les dé, incluyendo, en su caso, la información entregada, serán públicos. Asimismo, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público esta información, en la medida de lo posible, a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica.
Solicitudes de Información Pública 2018