Presentación bibliográfica: El Arriero
18-May-2012
A iniciativa del Gobernador Ángel Aguirre Rivero, el Congreso del Estado creó el 21 de octubre de 2011, la Secretaría de los Migrantes y Asuntos Internacionales del Gobierno del Estado de Guerrero.
La Secretaría de los Migrantes y Asuntos Internacionales es el órgano encargado de regular, conducir y evaluar la política estatal en materia de migración así como fomentar las relaciones interinstitucionales con gobiernos, organismos e instituciones internacionales, gobiernos regionales y ciudades del interior de la República o de otros países.
Misión
Visión
Antecedentes
En sus inicios, la Secretaría General de Gobierno del Estado, coordinaba la atención a los guerrerenses radicados en E.U.A., posteriormente y por Decreto, el 30 de Abril de 1991 en el gobierno de José Francisco Ruíz Massieu, se creó la Coordinación de Federaciones Guerrerenses en el Exterior y el Programa de Atención a Guerrerenses Radicados en el Extranjero.
Posteriormente con fecha 14 de Diciembre de 2000, se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, específicamente en el rubro de Desarrollo Social y en particular sobre el tema de los migrantes guerrerenses, por lo que se estableció en el Artículo 21, Fracción VIII las facultades de la Secretaría de Desarrollo Social para atender a este sector de la población y que a la letra dice: “Establecer, coordinar y operar los programas de atención para la comunidad de guerrerenses que radican fuera del Estado, teniendo vínculos de comunicación y coordinación permanente, principalmente con los que residen en el extranjero”.
En 1991 se da origen al Programa de Apoyo a Deudos de Guerrerenses Fallecidos en el Extranjero como una acción de solidaridad y alto sentido humanitario para los familiares de migrantes que provienen de comunidades en situación de pobreza y marginación, y donde los connacionales en el intento por ingresar a los E.U.A., pierden la vida, o bien estando allá se encuentran en situación de vulnerabilidad dada su condición de indocumentados
Durante el gobierno interino de Ángel Aguirre Rivero (2006-2009), se estableció el programa 2x1, y posteriormente el 2 de diciembre de 2011, el Gobierno Federal estableció el Programa 3x1, que permite que por cada dólar que aportan los migrantes, se aportan otros tres dólares más (gobierno federal, estatal y municipal), lo cual ha permitido la realización de obras comunitarias.
Con fecha 8 de julio de 2011, el Gobierno del Estado remitió al Honorable Congreso del Estado de Guerrero, la Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 433.
Una de las principales líneas de acción del Gobierno de Guerrero consiste en promover el acercamiento con las comunidades de guerrerenses que por diversas razones han tenido que emigrar de la entidad a otros estados de la República o más allá de las fronteras nacionales, fomentando esquemas de apoyo y gestión para resolver sus problemas y necesidades; razón por la cual es imprescindible la creación de la Secretaría de los Migrantes y Asuntos Internacionales, con el objetivo de proteger a los conciudadanos de las políticas racistas, discriminatorias y antiinmigrantes promovidas en diversos estados de los Estados Unidos de América.
En tales circunstancias es menester que se desincorporen de la Secretaría de Desarrollo Social, las atribuciones que actualmente le otorga la Fracción VIII del Artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 433, relativas a “Establecer, coordinar y operar los programas de atención para la comunidad de guerrerenses que radican fuera del Estado, definiendo vínculos de comunicación y coordinación permanente, principalmente con los que residen en el extranjero”, por ser ahora materia de competencia de la Secretaría de los Migrantes y Asuntos Internacionales, por lo que se propone su derogación.
El 21 de octubre de 2012, el Congreso del Estado de Guerrero emitió el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 433 para la creación de la Secretaría de los Migrantes y Asuntos internacionales.
Naturaleza Jurídica
La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 433, publicada en el periódico oficial del Gobierno del Estado el 21 de Octubre del 2011, en su Artículo 33 Bis A, establece que la Secretaría de los Migrantes y Asuntos Internacionales es el órgano encargado de regular, conducir y evaluar la política estatal en materia de migración, atendiendo integralmente a las comunidades de guerrerenses que migran de sus localidades de origen a otros municipios del Estado, al interior de la República o se encuentran radicados en el extranjero, así como fomentar las relaciones interinstitucionales con gobiernos, organismos e instituciones internacionales, gobiernos regionales y ciudades del interior de la República o de otros países.
Organigrama
Finalidad
Regular, conducir y evaluar la política estatal en materia de migración, atendiendo integralmente a las comunidades de guerrerenses que migran a otros municipios del Estado, al interior de la República o se encuentran radicados en el extranjero así como, establecer los vínculos internacionales con gobiernos, organismos e instituciones internacionales, gobiernos regionales y ciudades del interior de la República o de otros países que permitan articular adecuadamente los programas y acciones en beneficio de los migrantes.
Requisitos del titular
Marco Jurídico
Atribuciones de la dependencia
Artículo 33 Bis A.- La Secretaría de los Migrantes y Asuntos Internacionales es el órgano encargado de regular, conducir y evaluar la política estatal en materia de migración así como fomentar las relaciones interinstitucionales con gobiernos, organismos e instituciones internacionales, gobiernos regionales y ciudades del interior de la República o de otros países correspondiéndole el despacho de los siguientes asuntos:
I. Fomentar, formular e instrumentar y coordinar las políticas, programas y acciones encaminadas al beneficio de los migrantes guerrerenses, y que contribuyan a la promoción, procuración y defensa de sus derechos humanos;
II. Diseñar e impulsar las políticas públicas, programas y acciones necesarias para atender la problemática de los trabajadores y trabajadoras agrícolas migrantes guerrerenses, tanto en sus localidades de origen como en las entidades federativas de destino en el interior de la República, procurando el ejercicio y defensa de sus derechos laborales y sociales, fundamentalmente en el ámbito de la salud y la educación, así como la defensa de los derechos humanos de las y los niños migrantes;
III. Formular, organizar, promover y dirigir, en coordinación con las dependencias y entidades de los tres niveles de gobierno, programas de protección al migrante guerrerense, así como a migrantes desaparecidos y fallecidos;
IV. Operar, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, la instrumentación del Programa Interinstitucional 3x1 para Migrantes;
V. Promover los valores culturales y las tradiciones entre los migrantes guerrerenses para reforzar su identidad y arraigo, así como fomentar la comunicación permanente con clubes, federaciones y organizaciones de guerrerenses radicados o que migran fuera del estado y la búsqueda conjunta de soluciones a la problemática de los mismos;
VI. Instalar oficinas de atención a los migrantes guerrerenses en las principales ciudades de la República y de los Estados Unidos de América, donde más se concentren los migrantes, a efecto de consolidar el vínculo interinstitucional con sus comunidades, tramitar documentos de identificación y mantener actualizado el censo de migrantes guerrerenses;
VII. Dar prioridad a los programas de cooperación contenidos en los Tratados en que México sea parte como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación con la Unión Europea y sus Estados Miembros (ALC UE-México) que puedan ser utilizados en programas de desarrollo del Estado de Guerrero;
VIII. VII.- Impulsar los vínculos internacionales del Estado de Guerrero que permitan articular adecuadamente los programas y acciones en beneficio de los migrantes e incluso de sus comunidades de origen;
IX. Coordinar el Consejo Consultivo de Migrantes Guerrerenses, con el fin de instrumentar políticas públicas en beneficio de los mismos;
X. Realizar estudios e investigaciones orientadas al conocimiento del fenómeno migratorio en términos regionales, culturales y económicos, así como sus procesos vinculatorios con las comunidades de origen y destino, y con las organizaciones que ellos han constituido;
XI. Diseñar una estrategia de colaboración con la Secretaría de Relaciones Exteriores, los organismos internacionales, agencias oficiales y embajadas acreditadas en nuestro país, a fin de establecer vínculos que permitan aprovechar los programas y fondos existentes en el ámbito internacional, así como el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenios establecidos por la Organización de las Naciones Unidas desde el año 2000;
XII. Establecer lazos de colaboración con los países pertenecientes a la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico (CESPAP), a fin de fortalecer los vínculos que
permitan potenciar al Puerto de Lázaro Cárdenas, ubicado en el delta del Río Balsas y coadyuvar con la Secretaría de Desarrollo Económico; asimismo, con todos los países que oferten avances tecnológicos en materia de competitividad productiva y económica, en que nuestra entidad sea deficitaria;
XIII. Promover el establecimiento de relaciones de amistad y colaboración entre ciudades guerrerenses y ciudades de otros países, que permitan la hermandad con planes y programas de beneficio mutuo;
XIV. Promover entre los migrantes el conocimiento de sus derechos y las alternativas de desarrollo en sus comunidades de origen, así como proveerles de la asistencia jurídica que requieran en casos determinados;
XV. Impulsar con los municipios la formulación y puesta en marcha de programas que fomenten el arraigo de las personas que han sido migrantes o que pretenden serlo, alentando con las dependencias y entidades correspondientes la capacitación en tareas productivas, en coordinación con instituciones educativas y de investigación en la materia;
XVI. Captar, encauzar y dar seguimiento a las demandas de los migrantes a través de instrumentos y mecanismos coordinados con las diferentes instancias de gobierno estatal y nacional, así como con las embajadas de los países respectivos;
XVII. Promover con las autoridades competentes de los países en los cuales se encuentran los migrantes que hayan sido indiciados como presuntos autores de delitos, para que sean juzgados con absoluto apego a las leyes, evitando penas infamantes;
XVIII. Adoptar las providencias necesarias con el fin de que los migrantes que hayan sido sentenciados por la comisión de delitos, compurguen sus sanciones solamente en la forma y términos prescritos en las leyes de la materia;
XIX. Establecer y operar un sistema de coordinación, seguimiento y evaluación de los programas federales relacionados con los asuntos de su competencia, en el marco del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Guerrero y conforme a lo que las leyes y acuerdos de coordinación establezcan; y
XX. Participar en el ámbito de su competencia, en la ejecución del Plan Estatal de Desarrollo;
XXI. Proponer al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, los proyectos de iniciativa de leyes, reglamentos, decretos y acuerdos respecto a los asuntos de la competencia de la Secretaría;
XXII. Comparecer ante el H. Congreso del Estado, para dar cuenta del estado que guarda su ramo o sector correspondiente, para responder a los planteamientos que sobre la glosa del Informe de Gobierno formulen los Diputados, o bien cuando se discuta una iniciativa de Ley o se estudie un asunto concerniente a su competencia;
XXIII. Presentar el anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría, de acuerdo a los lineamientos que para tal efecto se determinen;
XXIV. Las demás que le fijen las leyes y reglamentos vigentes en el Estado.
Estructura Organizacional
Atribuciones del titular
SON ATRIBUCIONES DEL TITULAR LAS SIGUIENTES:
I. Fomentar, formular e instrumentar y coordinar las políticas, programas y acciones encaminadas al beneficio de los migrantes guerrerenses, y que contribuyan a la promoción, procuración y defensa de sus derechos humanos;
II. Diseñar e impulsar las políticas públicas, programas y acciones necesarias para atender la problemática de los trabajadores y trabajadoras agrícolas migrantes guerrerenses, tanto en sus localidades de origen como en las entidades federativas de destino en el interior de la República, procurando el ejercicio y defensa de sus derechos laborales y sociales, fundamentalmente en el ámbito de la salud y la educación, así como la defensa de los derechos humanos de las y los niños migrantes;
III. Formular, organizar, promover y dirigir, en coordinación con las dependencias y entidades de los tres niveles de gobierno, programas de protección al migrante guerrerense, así como a migrantes desaparecidos y fallecidos;
IV. Operar, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, la instrumentación del Programa Interinstitucional 3x1 para Migrantes;
V. Promover los valores culturales y las tradiciones entre los migrantes guerrerenses para reforzar su identidad y arraigo, así como fomentar la comunicación permanente con clubes, federaciones y organizaciones de guerrerenses radicados o que migran fuera del estado y la búsqueda conjunta de soluciones a la problemática de los mismos;
VI. Instalar oficinas de atención a los migrantes guerrerenses en las principales ciudades de la República y de los Estados Unidos de América, donde más se concentren los migrantes, a efecto de consolidar el vínculo interinstitucional con sus comunidades, tramitar documentos de identificación y mantener actualizado el censo de migrantes guerrerenses;
VII. Dar prioridad a los programas de cooperación contenidos en los Tratados en que México sea parte como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación con la Unión Europea y sus Estados Miembros (ALC UE-México) que puedan ser utilizados en programas de desarrollo del Estado de Guerrero;
VIII. VII.- Impulsar los vínculos internacionales del Estado de Guerrero que permitan articular adecuadamente los programas y acciones en beneficio de los migrantes e incluso de sus comunidades de origen;
IX. Coordinar el Consejo Consultivo de Migrantes Guerrerenses, con el fin de instrumentar políticas públicas en beneficio de los mismos;
X. Realizar estudios e investigaciones orientadas al conocimiento del fenómeno migratorio en términos regionales, culturales y económicos, así como sus procesos vinculatorios con las comunidades de origen y destino, y con las organizaciones que ellos han constituido;
XI. Diseñar una estrategia de colaboración con la Secretaría de Relaciones Exteriores, los organismos internacionales, agencias oficiales y embajadas acreditadas en nuestro país, a fin de establecer vínculos que permitan aprovechar los programas y fondos existentes en el ámbito internacional, así como el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenios establecidos por la Organización de las Naciones Unidas desde el año 2000;
XII. Establecer lazos de colaboración con los países pertenecientes a la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico (CESPAP), a fin de fortalecer los vínculos que
permitan potenciar al Puerto de Lázaro Cárdenas, ubicado en el delta del Río Balsas y coadyuvar con la Secretaría de Desarrollo Económico; asimismo, con todos los países que oferten avances tecnológicos en materia de competitividad productiva y económica, en que nuestra entidad sea deficitaria;
XIII. Promover el establecimiento de relaciones de amistad y colaboración entre ciudades guerrerenses y ciudades de otros países, que permitan la hermandad con planes y programas de beneficio mutuo;
XIV. Promover entre los migrantes el conocimiento de sus derechos y las alternativas de desarrollo en sus comunidades de origen, así como proveerles de la asistencia jurídica que requieran en casos determinados;
XV. Impulsar con los municipios la formulación y puesta en marcha de programas que fomenten el arraigo de las personas que han sido migrantes o que pretenden serlo, alentando con las dependencias y entidades correspondientes la capacitación en tareas productivas, en coordinación con instituciones educativas y de investigación en la materia;
XVI. Captar, encauzar y dar seguimiento a las demandas de los migrantes a través de instrumentos y mecanismos coordinados con las diferentes instancias de gobierno estatal y nacional, así como con las embajadas de los países respectivos;
XVII. Promover con las autoridades competentes de los países en los cuales se encuentran los migrantes que hayan sido indiciados como presuntos autores de delitos, para que sean juzgados con absoluto apego a las leyes, evitando penas infamantes;
XVIII. Adoptar las providencias necesarias con el fin de que los migrantes que hayan sido sentenciados por la comisión de delitos, compurguen sus sanciones solamente en la forma y términos prescritos en las leyes de la materia;
XIX. Establecer y operar un sistema de coordinación, seguimiento y evaluación de los programas federales relacionados con los asuntos de su competencia, en el marco del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Guerrero y conforme a lo que las leyes y acuerdos de coordinación establezcan; y
XX. Participar en el ámbito de su competencia, en la ejecución del Plan Estatal de Desarrollo;
XXI. Proponer al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, los proyectos de iniciativa de leyes, reglamentos, decretos y acuerdos respecto a los asuntos de la competencia de la Secretaría;
XXII. Comparecer ante el H. Congreso del Estado, para dar cuenta del estado que guarda su ramo o sector correspondiente, para responder a los planteamientos que sobre la glosa del Informe de Gobierno formulen los Diputados, o bien cuando se discuta una iniciativa de Ley o se estudie un asunto concerniente a su competencia;
XXIII. Presentar el anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría, de acuerdo a los lineamientos que para tal efecto se determinen;
XXIV. Las demás que le fijen las leyes y reglamentos vigentes en el Estado.
Semblanza del titular
Lic. Cuauhtémoc Sandoval Ramírez
Titular de la Secretaria de los Migrantes y Asuntos Internacionales del Gobierno del Estado de Guerrero.
Egresado de la Escuela Nacional de Antropología e Historia (ENAH) en la especialidad de Antropología Social. Tiene diversos diplomados en Política Exterior. Ha sido profesor en la ENAH, en las Universidades Autónomas de Guerrero y de Sinaloa, así como Profesor de Tiempo Completo en el Instituto Politécnico Nacional.
Ha sido dos veces Diputado Federal (1994-1997) y (2006-2009); fungió como Senador de la República (1997-2000) del PRD-GRO. Fue miembro de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Marina, durante sus mandatos como Parlamentario del Congreso de la Unión de México.
Ha participado en Foros, Coloquios y Seminarios sobre distintos aspectos de la situación nacional e internacional en más de 30 países, en especial sobre temas relacionados con la Política Exterior Mexicana, sobre todo con la relación México-EU.
Ha participado en misiones parlamentarias de observación electoral en diversos países de América Latina, como Haití, Venezuela, Chile, Argentina, Brasil y Ecuador.
Ha sido articulista del periódico Excelsior de la Ciudad de México. Actualmente escribe en El Sur de Acapulco. Es coautor de tres libros sobre Política Exterior de México.
En los años 2008 y 2009, se editaron dos libros de su autoría “Guerrero en la transición” y Desde la Tribuna de San Lázaro, que reúne sus ensayos y artículos en periódicos, seminarios académicos y políticos.
Desde el 16 de noviembre de 2011, fue designado por el Gobernador Ángel Aguirre Rivero, como Titular de la Secretaría de los Migrantes y Asuntos Internacionales del Gobierno del Estado de Guerrero.
Legislación Federal y del Estado
Leyes Federales:- Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Coordinación Federal
- Ley de Fiscalización Superior de la Federación
- Ley de Obras Púbicas y Servicios Relacionados con las mismas
- Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
Lineamientos:
- Lineamientos para la Operación del Fondo de Apoyo a Migrantes
Reglas de Operación:
- Reglas de Operación del Programa 3x1 para Migrantes
Leyes Estatales:
- Ley de Acceso a la Información Publica del Estado de Guerrero Número 568
- Ley de Obras Públicas y sus Servicios del Estado de Guerrero Número 266
- Ley de Planeación para el Estado de Guerrero
- Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 433
- Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guerrero Número 564
- Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero
- Ley de Administración de Recursos Materiales
Reglamentos:
- Reglamento Interior del Comité de Planeación Para el Desarrollo del Estado de Guerrero
Reglas de Operación:
- Reglas de Operación del Programa de Apoyo a Deudos Guerrerenses Fallecidos en el Extranjero





