ESTA SUBSECRETARIA DE INGRESOS, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, CON FUNDAMENTO EN EL 16 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 13 Y 14 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL VIGENTE, EN LAS CLÁUSULAS PRIMERA, SEGUNDA PÁRRAFO PRIMERO, FRACCIÓN V, VI INCISO C) Y VIII, TERCERA, CUARTA, OCTAVA PÁRRAFO PRIMERO FRACCIÓN I, INCISO E), DÉCIMA SÉPTIMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 13 DE AGOSTO DEL 2015, Y EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 63 ALCANCE I, DE FECHA 07 DE AGOSTO DEL 2015  QUE ENTRÓ EN VIGOR EL DÍA 25 DE JUNIO DE 2015, REFORMADO EL 31 DE MARZO DE 2020 Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE ABRIL DE 2020; ARTÍCULOS 22, APARTADO A, FRACCIÓN III, Y 25 FRACCIONES III, IV, V, LIV Y LV; DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO, NÚMERO 242, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO, CON NÚMERO DE EDICIÓN 90, ALCANCE I, DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2022; EN LOS ARTÍCULOS 11 PRIMER PÁRRAFO, FRACCIÓN III, 12, 21 Y 46 DEL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 420, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, EDICIÓN NÚMERO 103, ALCANCE V DE FECHA 27 DE DICIEMBRE DE 2022; ARTÍCULOS 2°, 5° FRACCIÓN II, 8°, 18°, FRACCIONES II, X Y XV, 20 Y 21 FRACCIONES III, V, XIX, XXI Y XXXV, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, REFORMADO Y ADICIONADO MEDIANTE PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, NÚMERO 25, ALCANCE I, DEL DÍA MARTES 26 DE MARZO DEL 2019, REFORMADO Y ADICIONADO DIVERSAS DISPOSICIONES MEDIANTE PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 80, ALCANCE II, EL VIERNES 07 DE OCTUBRE DE 2022; ASÍ COMO EN LOS ARTÍCULOS 134 FRACCIÓN III Y 139 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN; EMITE EL SIGUIENTE:

 

A C U E R D O

 

Número

15

 

Nombre del Contribuyente:

IZZI TELECOMUNICACIONES, S.A DE C.V.

 

AUTORIDAD EMISORA DE LA RESOLUCIÓN:

SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL (CFCRL)

 

AUTORIDAD EJECUTORA:

DIRECCIÓN GENERAL DE COBRO COACTIVO Y VIGILANCIA DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO.

 

TIPO DE DOCUMENTO:

MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN NÚMERO SI/DGCCV/STPS-CFCRL/DEF/1046/2023 Y ACTA DE REQUERIMIENTO Y/O EMBARGO DE FECHA 11 DE JULIO DEL 2023.

 

FECHA DE FIJACIÓN

19 DE OCTUBRE DE 2023

 

FECHA DE PUBLICACIÓN:

20 DE OCTUBRE DE 2023 – 06 DE NOVIEMBRE DE 2023

 

FECHA DE NOTIFICACIÓN LEGAL:

07 DE NOVIEMBRE DE 2023

 

ARCHIVO:

IZZI TELECOMUNICACIONES 1046

 

OBSERVACIONES:

10 DÍAS PARA SU PUBLICACIÓN